Multas de radar: ¿Por qué no se recurren la mayoría?
- CM Import Marketing
- 31 mar
- 4 Min. de lectura
Muchas veces, por falta de tiempo o por no saber bien cómo funciona el sistema legal, la mayoría de los conductores no recurren las multas de radar, incluso si son injustas. En lugar de eso, optan por pagar con el descuento del 50% por pronto pago, perdiendo así la posibilidad de recurrir después. Si consideras que tu multa no está justificada, ¡no la pagues y recurre! Nuestra experiencia nos dice que la DGT no siempre cumple con todos los requisitos legales al enviarte la sanción y, a veces, comete errores.
La DGT tiene una plataforma para que puedas presentar tus alegaciones de forma telemática con tu certificado digital.

Cosas a tener en cuenta si vas a recurrir multas de radar
Aquí tienes algunos puntos clave que podrían ayudarte a recurrir:
Revisa bien la multa: Comprueba que todos los datos son correctos y que tanto tú como tu vehículo están bien identificados.
Asegúrate de que la sanción es correcta: Analiza si la multa cumple con todos los requisitos, como los plazos de notificación, y si no tiene defectos de forma.
En la denuncia debe aparecer:
El número de antena del aparato con el que se hizo la foto y dónde está autorizado instalarse.
El número de equipo del radar y su ubicación en el vehículo.
El documento que indique las características del cinemómetro y los márgenes de error que admite.
El informe original o una copia compulsada de la última revisión del cinemómetro.
El lugar exacto de la calzada donde se encuentra el radar instalado.
Recuerda que los radares de la DGT deben pasar una certificación periódica que asegure que marcan la velocidad correctamente. Si no la incluyen, puedes solicitarla. Además, todo radar debe homologarse cada año, según la Orden ITC 3123/2010 del Ministerio de Industria.
Cuando recibas la multa, revisa el certificado de verificación periódica del radar. Si en el apartado de "Fecha de ensayo" no está especificada la "Validez hasta", puedes recurrir la multa dentro de los 20 días hábiles siguientes, enviando un escrito a la DGT. La dirección la encontrarás en el reverso de la notificación.
Puedes alegar "falta de prueba válida" porque no se sabe la fecha de validez de la certificación del radar. Y si la homologación del radar ha caducado, también puedes recurrirla.
¿Sabías que los radares tienen un margen de tolerancia?
Los radares tienen un umbral de tolerancia de 7 km/h si la velocidad del vehículo es inferior a 100 km/h, y 7% si es superior a esa velocidad. Este margen está basado en los márgenes de error de los radares, que varían entre el 3% (los más nuevos) y el 7% (los más antiguos).
Si la foto de la multa no cumple con los requisitos legales, también puedes recurrirla.
Casos en los que puedes librarte de la multa
Datos incorrectos: Revisa que todos los datos de la multa sean correctos, incluyendo tu coche, tu identidad, y el lugar y momento exactos de la infracción.
Comunicación fuera de plazo: La administración tiene tres meses para comunicar las sanciones leves (como estacionamiento), seis meses para las graves (como hablar por el móvil) y hasta un año para las muy graves (como exceso de velocidad). Si te llega fuera de plazo, puedes alegar que la multa ha prescrito y no tendrás que pagarla.
Cobro fuera de plazo: La DGT y los ayuntamientos tienen un año desde que la sanción es firme para iniciar el proceso de cobro. Si no lo hacen, la multa habrá prescrito.
Presunción de culpabilidad: Si no te pararon en el momento de la infracción y te llega la multa a casa, lo primero que deberías recibir es una solicitud para que identifiques al conductor. Si no te llega, puedes recurrir alegando "atribución arbitraria de responsabilidad".
El agente no se ratifica: Si te ponen una multa y no hay pruebas claras o el agente no ratifica su versión, puedes recurrir por falta de pruebas.
Pasos para recurrir las multas de radar
Cuando te ponen una multa de radar, el procedimiento sancionador empieza cuando te notifican la sanción. Si te la entregan en mano o la recibes por correo, tendrás entre 15 y 20 días para enviar tus alegaciones. El plazo exacto lo verás en el reverso de la multa.
Si decides hacer alegaciones, perderás el derecho al pago reducido del 50%. Durante el proceso, podrás presentar pruebas en tu defensa. Si tus alegaciones no son aceptadas, podrás recurrir de nuevo.
Finalmente, si no estás de acuerdo con la resolución, puedes presentar un recurso de reposición en un mes o ir al contencioso administrativo en dos meses.
¿Necesitas ayuda?
En Stinger Spain no ofrecemos asesoría jurídica directa para recurrir multas de radar, pero sí podemos ayudarte a revisar el tipo de radar que ha generado la sanción y asesorarte sobre los pasos a seguir para recurrir correctamente.
Si tienes dudas sobre cómo proceder, podemos orientarte sobre las opciones disponibles para impugnar la multa, desde la revisión de los documentos hasta la verificación de los detalles técnicos del radar que ha capturado la infracción.
Recuerda que, antes de tomar cualquier decisión, es importante entender bien el tipo de multa y si realmente tienes base para recurrirla. Si necesitas más información sobre cómo proceder, ¡no dudes en contactarnos!
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